Publicación de la Ley Orgánica 4/2024 sobre intercambio penal en la UE

22/10/2024

Introducción de la Ley Orgánica 4/2024

El 18 de octubre de 2024, fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la Ley Orgánica 4/2024. Esta norma modifica la Ley Orgánica 7/2014, ajustándola a la Directiva (UE) 2019/884 para optimizar el intercambio de antecedentes penales entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE). La reforma tiene como objetivo principal mejorar la cooperación judicial, facilitando el intercambio de información penal sobre ciudadanos de terceros países y apátridas. Además, la ley busca fortalecer la seguridad jurídica mediante la actualización de los procedimientos de transmisión de datos y la inclusión de datos biométricos en el sistema europeo de antecedentes penales.

Adaptación a la Directiva (UE) 2019/884 y el Sistema ECRIS

Esta modificación responde a la necesidad de adaptar el ordenamiento jurídico español a la normativa europea, específicamente a la Directiva (UE) 2019/884. Este acto legislativo comunitario regula el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales (ECRIS) y, en particular, el ECRIS-TCN, que centraliza la información penal sobre nacionales de terceros países y apátridas.

Con esta transposición, España cumple con la obligación de mejorar el intercambio de información penal en la UE, garantizando que los datos sobre condenas sean precisos y estén actualizados. La inclusión de datos biométricos, como huellas dactilares e imágenes faciales, se considera un paso fundamental para aumentar la seguridad y precisión en la identificación de las personas afectadas por condenas penales. Estos datos estarán disponibles a través de un sistema centralizado que facilita el acceso a las autoridades judiciales de los Estados miembros, respetando las exigencias de protección de datos personales establecidas en la normativa europea.

Inscripción de condenas extranjeras en el Registro Central de Penados

Una de las novedades más destacadas de la Ley Orgánica 4/2024 es la obligación de inscribir en el Registro Central de Penados español las condenas dictadas por tribunales de otros Estados miembros de la UE cuando estas afecten a ciudadanos españoles. Esta medida refuerza la seguridad jurídica y asegura que las condenas extranjeras sean tratadas de manera adecuada en España, permitiendo que se tengan en cuenta en procesos judiciales internos.

El Registro Central de Penados se convierte así en una herramienta clave para garantizar que los antecedentes penales de los ciudadanos españoles, aunque provengan de otros países, estén disponibles para las autoridades judiciales y administrativas españolas. Esto no solo facilita el cumplimiento de las penas, sino que también contribuye a una mayor cooperación entre los sistemas judiciales de los Estados miembros.

Reformas en la transmisión de datos y en el Real Decreto 95/2009

Además de las modificaciones en la Ley Orgánica 7/2014, la nueva ley introduce cambios importantes en el Real Decreto 95/2009, que regula el Sistema de Registros Administrativos de Apoyo a la Administración de Justicia. La reforma tiene como objetivo agilizar y mejorar los procedimientos para la transmisión de datos penales, tanto entre las autoridades nacionales como con otros Estados miembros.

La nueva normativa establece protocolos claros para la transmisión segura de información penal, especialmente en casos donde se requiere una respuesta rápida y eficaz por parte de las autoridades judiciales. Estos procedimientos mejoran la eficiencia en el intercambio de información entre los sistemas judiciales de la UE, garantizando al mismo tiempo el cumplimiento de las normativas de protección de datos.

Este enfoque de transmisión segura y rápida es fundamental en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia de la UE, ya que permite a las autoridades actuar de manera coordinada y efectiva en la lucha contra el crimen transfronterizo. Al reforzar la comunicación entre los Estados miembros, se mejora la capacidad de respuesta de las autoridades judiciales ante situaciones que requieren intervención urgente.

Creación del Registro Central de Menores

La Ley Orgánica 4/2024 también introduce un nuevo Registro Central de Menores, una herramienta destinada a gestionar de manera más eficaz los antecedentes penales de menores de edad. Este registro incluirá no solo condenas firmes, sino también medidas cautelares y requisitorias dictadas en contra de menores. Esta medida surge como respuesta al aumento de la delincuencia juvenil en los últimos años, particularmente en relación con delitos graves.

El objetivo del Registro Central de Menores es proporcionar a jueces y fiscales una base de datos completa que facilite la toma de decisiones informadas en los procesos judiciales que involucren a menores. Este registro es especialmente relevante en casos donde las medidas adoptadas en otros Estados miembros de la UE pueden tener un impacto en los procedimientos judiciales internos.

La creación de este registro se alinea con las políticas europeas que promueven una mayor cooperación en materia de justicia juvenil, garantizando que la información sea accesible de manera segura y respetando siempre los derechos de los menores involucrados.

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