¿En qué se diferencia un robo de un hurto? Conoce la distinción entre ambos delitos
¿Existen diferencias entre un robo y un hurto? Ambos son delitos, pero ¿cuáles son las distinciones entre ellos?
Para explicarlo de manera sencilla, el robo implica el uso de la fuerza o la violencia para tomar algo que no pertenece al delincuente, mientras que el hurto es el acto de tomar algo sin usar la fuerza o la violencia.
Un ejemplo de robo sería asaltar a alguien en la calle y quitarle su bolso a la fuerza, mientras que un ejemplo de hurto sería tomar una cartera que se ha dejado desatendida en un lugar público.
El hurto se encuentra regulado en los artículos 234 al 236 del Código Penal, mientras que el robo se encuentra regulado en el art. 237 al 242 de la misma norma legal. Además del componente violento, encontramos diferencias en las penas impuestas para cada uno, suelen imponerse penas más graves para el delito de robo.
A continuación realizaremos una breve explicación de su regulación y características principales.
Delito de hurto
El artículo 234 del Código Penal establece una sanción para aquellos que toman objetos ajenos con el objetivo de obtener beneficios económicos, siempre y cuando no medie violencia ni uso de la fuerza para conseguirlo.
La pena por hurto es menor que la del robo, y puede variar según el valor del bien sustraído. Si el valor del objeto es superior a los 400 euros, la pena será de prisión de 6 a 18 meses. Si el valor es inferior a los 400 euros, la pena será una multa de 1 a 3 meses.
Podemos tener en cuenta que existen una serie de casos especiales en los que, a pesar de no superar el valor de 400 euros, se castigará con pena de prisión de 1 a 3 años:
Cuando se sustraigan cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
Cuando se trate de cosas de primera necesidad y se cause una situación de desabastecimiento.
Cuando se trate de conducciones, cableado, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico, de hidrocarburos o de los servicios de telecomunicaciones, o de otras cosas destinadas a la prestación de servicios de interés general, y se cause un quebranto grave a los mismos.
Cuando se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los instrumentos o medios que se utilizan para su obtención, siempre que el delito se cometa en explotaciones agrícolas o ganaderas y se cause un perjuicio grave a las mismas.
Cuando revista especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos sustraídos, o se produjeren perjuicios de especial consideración.
Cuando ponga a la víctima o a su familia en grave situación económica o se haya realizado abusando de sus circunstancias personales o de su situación de desamparo, o aprovechando la producción de un accidente o la existencia de un riesgo o peligro general para la comunidad que haya debilitado la defensa del ofendido o facilitado la comisión impune del delito.
Cuando al delinquir el culpable hubiera sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, siempre que sean de la misma naturaleza. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo.
Cuando se utilice a menores de dieciséis años para la comisión del delito.
Cuando el culpable o culpables participen en los hechos como miembros de una organización o grupo criminal que se dedicare a la comisión de delitos comprendidos en este Título, siempre que sean de la misma naturaleza.
Por otro lado, si se hancometido al menos tres delitos de hurto cuyo valor total exceda los 400 euros, la pena será de 6 a 8 meses de prisión. Es importante tener en cuenta que la cantidad de delitos cometidos y el valor de los bienes sustraídos son factores clave para determinar la gravedad del delito.
La normativa especifica que, en relación a la desinstalación de dispositivos de alarma, aunque no es un motivo para aumentar la pena, sí puede ser un agravante para imponerla dentro de su mitad superior. Esto significa que, si se desinstalan dispositivos de alarma en el lugar donde se comete el delito, la pena a imponer será más cercana al máximo establecido por la ley.
El delito de robo
El delito de robo es una tipología delictiva más compleja que el hurto, ya que la pena no se basa en el valor del bien sustraído, sino en la forma en que se comete el delito. El Código Penal establece dos categorías para el delito de robo: el robo con fuerza en las cosas y el robo con violencia o intimidación en las personas.
Delito de robo con fuerza sobre las cosas
El artículo 238 del Código Penal regula el delito de robo con fuerza en las cosas, que implica el uso de medios violentos para acceder a los bienes sustraídos. Estos medios pueden incluir escalar, romper o fracturar estructuras, dañar muebles, forzar cerraduras o descubrir llaves, utilizar llaves falsas o inutilizar sistemas de alarma complejos.
Se trata de un delito grave, puede acarrear una pena de 1 a 3 años de prisión, o hasta 5 años si concurren causas especiales como la reincidencia. Además, si el robo se comete en una casa habitada, edificio o local abierto al público, la pena también puede ser de hasta 5 años.
Delito de robo con violencia o intimidación en las personas
El artículo 242 del Código Penal establece la categoría del delito de robo con violencia o intimidación en las personas. Este delito implica el uso de actos violentos o intimidación en las personas para apoderarse de los bienes sustraídos. Es importante destacar que este delito es independiente de los delitos que puedan corresponder por causar lesiones a las víctimas.
La pena base para este delito es de 2 a 5 años de prisión, pero se agravará si el robo se comete en una casa habitada, edificio o local abierto al público, lo que llevará a una pena de 2 a 5 años de prisión. Si se utilizan armas para asegurar la huida o para amenazar a las víctimas, la pena no se agravará, pero se impondrá en su mitad superior. Es importante que siempre se tenga en cuenta la gravedad del caso concreto para determinar la pena.
Algunos casos prácticos
Estos son algunos de los ejemplos que podemos tener en cuenta a la hora de distinguir el delito de robo y el delito de hurto.
¿Se considera hurto o robo con fuerza romper un candado de una bicicleta para sustraerla?
La ruptura de un candado o dispositivos de seguridad similar para sustraer una bicicleta se considera hurto según el artículo 234.3 del Código Penal. Este artículo establece que las penas correspondientes se impondrán en su mitad superior si se han neutralizado, eliminado o inutilizado los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraídas. Aunque se haya ejercido violencia sobre el candado, no se considera robo con fuerza ya que no se ha utilizado para acceder al lugar donde se encuentra el objeto sustraído. La jurisprudencia ha adoptado esta interpretación y determina que los dispositivos de seguridad instalados sobre los objetos sustraídos no alteran la tipificación del delito como hurto.
¿Existe una distinción entre un robo en una tienda durante su horario comercial y fuera de él?
Las penas por robo en un establecimiento comercial varían dependiendo de si el lugar está abierto o cerrado al momento del delito. Según el artículo 238 del Código Penal, se considera parte del establecimiento comercial a sus patios, garajes y demás departamentos o sitios cercados y contiguos, con los cuales forman una unidad física.
Si el establecimiento está abierto al público, la pena por robo será de 2 a 5 años de prisión, mientras que si está cerrado, la pena será de 1 a 5 años.