Falta de transparencia del contrato de tarjeta de crédito | AP de Santander

10/10/2023

 

 

La Audiencia Provincial de Santander confirma la nulidad de un contrato de tarjeta de crédito por falta de transparencia en las condiciones. Pero da la razón a la entidad bancaria en que no se daban intereses usurarios.

Antecedentes Relevantes

El 19 de noviembre de 2021, el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santander dictaminó la nulidad del contrato de tarjeta de crédito entre el consumidor y el Banco Santander S.A. por considerarlo usurario. La sentencia estableció que el afectado solamente estaba obligado a devolver el crédito dispuesto, y el banco debería reembolsar cualquier cantidad que excediera del capital prestado. Frente a esta sentencia, Banco Santander S.A. decidió interponer un recurso de apelación.

Tras la publicación de la sentencia, la entidad bancaria presentó una apelación ante la Audiencia Provincial. En el recurso apeló la sentencia anterior basándose en que el interés del contrato no era usurario. Sin embargo, se evidenció que el contrato carecía de la transparencia necesaria para su validez. «»  |

Aspectos clave de la sentencia en apelación | Falta de transparencia en las condiciones

Según la jurisprudencia reciente, el interés del contrato no es considerado usurario ya que no supera en seis puntos el interés medio de referencia. Del mismo modo, el tribunal detectó una notable falta de transparencia en el contrato pues las cláusulas y términos del mismo no permiten una comprensión clara sobre el funcionamiento de la tarjeta y los costos asociados.

Antes de firmar el contrato, no se proporcionó al consumidor la información necesaria sobre el modo de operar de la tarjeta, en particular en lo que respecta al sistema «revolving». A pesar de que el contrato supera el control de incorporación, no logra pasar el control de transparencia reforzada. Debido a esta falta de transparencia y a las cláusulas abusivas identificadas, se decide declarar la nulidad del contrato.

Decisión del Tribunal

La sentencia estima de forma parcial la apelación interpuesta por el Banco Santander S.A. El tribunal declara nulo el contrato de tarjeta de crédito entre el consumidor y la entidad bancaria causa de la falta de claridad y transparencia en sus condiciones. Asimismo, el banco deberá cubrir las costas procesales de la primera instancia. No obstante, no se le imponen costas por el proceso de apelación.

Por último, esta resolución puede ser objeto de recurso, ya sea mediante un recurso extraordinario de casación o por infracción procesal, en un plazo no mayor a veinte días.

 

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