Audiencia Provincial de Tarragona ordena restaurar plazas de aparcamiento a su estado original
Propietarios de una finca condenados por alterar la señalización de las plazas de aparcamiento comunitarias. Sentencia 248/2024 de 25 Abr. 2024 de la Audiencia Provincial de Tarragona.
La Audiencia Provincial de Tarragona ha dictado una sentencia condenatoria contra los propietarios de una finca por modificar las líneas delimitadoras de las plazas de aparcamiento en un garaje comunitario, invadiendo así superficie común.
El conflicto surgió cuando una propietaria de una plaza de garaje presentó una demanda contra la Comunidad de Propietarios y otros propietarios. La demandante alegó que las líneas delimitadoras de las plazas de aparcamiento habían sido repintadas, alterando su configuración original y ocupando una superficie común destinada a vial, lo cual dificultaba el acceso a su plaza.
Decisión judicial
La sentencia de primera instancia determinó que las líneas se habían alterado efectivamente. Sin embargo, concluyó que la reforma fue aprobada por la Comunidad de Propietarios, lo que introdujo un elemento de complejidad en la resolución del caso. A pesar de esta aprobación, la Audiencia Provincial de Tarragona decidió emitir una sentencia condenatoria, subrayando la importancia de respetar los límites de las superficies comunes y la necesidad de restaurar las plazas a su estado original.
En conclusión, este fallo judicial pone de relieve la importancia de la cooperación y el respeto entre los miembros de una comunidad de propietarios, así como la necesidad de seguir los procedimientos legales establecidos para cualquier modificación en las áreas comunes.
Revocación de la sentencia inicial
La Audiencia Provincial de Tarragona ha revocado la decisión inicial del juzgado de primera instancia, tras considerar que ninguna de las actas presentadas reflejaba un acuerdo explícito para alterar las líneas delimitadoras de las plazas de aparcamiento. Esta decisión se fundamenta en que el tribunal ha determinado que dicha alteración implicaba una modificación de hecho del título de dominio y de la propiedad horizontal.
En su fallo, la Audiencia Provincial declaró que el repintado de las plazas constituía una modificación de los límites definidos en el plano incorporado a la escritura de 1993. Esta acción, según el tribunal, afectaba negativamente a otros copropietarios, ya que alteraba las condiciones previamente establecidas y aceptadas por todos los propietarios del inmueble.
El tribunal subrayó que cualquier modificación de las líneas delimitadoras de las plazas de aparcamiento debe contar con un acuerdo explícito y unánime de todos los copropietarios, conforme a lo dispuesto en la legislación vigente sobre propiedad horizontal. La ausencia de dicho acuerdo explícito en las actas presentadas fue determinante para la revocación de la sentencia inicial.
En consecuencia, la Audiencia Provincial ha ordenado restablecer las condiciones originales de las plazas de aparcamiento, conforme al plano de 1993, y ha instado a los copropietarios a abstenerse de realizar modificaciones sin el debido consenso y autorización legal.
¿Cuáles son las consecuencias legales de la modificación de las plazas de aparcamiento?
El tribunal subrayó que la invasión de las zonas comunes generó dificultades para maniobrar y acceder a las plazas colindantes. La modificación se realizó sin el acuerdo comunitario necesario, invalidándola legalmente. La Audiencia Provincial ordenó a los demandados restaurar las plazas a su configuración original y liberar los espacios comunes invadidos, asumiendo los costos. Esta medida busca restablecer el orden previo y garantizar el uso adecuado de las zonas comunes. Se condena a los demandados a ejecutar los trabajos necesarios bajo apercibimiento de encargarse a un tercero si no cumplen.
En primer lugar, la invasión de las zonas comunes constituye una infracción que afecta directamente a la capacidad de maniobra y al acceso a las plazas colindantes. Esta situación genera un perjuicio evidente para los propietarios de dichas plazas, quienes ven dificultada su capacidad de uso y disfrute de las mismas.
En segundo lugar, la modificación de las plazas de aparcamiento se realizó sin el acuerdo comunitario necesario. Este hecho es crucial, ya que cualquier alteración en las zonas comunes requiere la aprobación de la comunidad de propietarios. Al no contar con dicho acuerdo, la modificación carece de validez legal y debe ser revertida.
La Audiencia Provincial, en su fallo, ordenó a los demandados restaurar las plazas a su configuración original y liberar los espacios comunes invadidos. Los demandados deben asumir los costos de estas acciones, lo que incluye tanto los materiales como la mano de obra necesaria para llevar a cabo las obras de restauración.
Esta medida tiene como objetivo restablecer el orden previo y garantizar el uso adecuado de las zonas comunes. La sentencia también contempla la posibilidad de que, en caso de incumplimiento por parte de los demandados, los trabajos necesarios sean encargados a un tercero, siendo los demandados responsables de los costos adicionales que esto pudiera generar.