El TSJ anula las pruebas obtenidas en un registro domiciliario y la condena impuesta

23/07/2024

Las pruebas obtenidas en el registro domiciliario son nulas, al haberse encontrado dentro de un procedimiento distinto, sin la debida autorización. 

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha absuelto a un hombre condenado por la Audiencia de Álava a tres años de prisión por un delito contra la salud pública. 

En un principio, el juzgado de instrucción acordó un registro policial en el domicilio del acusado, en el marco de una investigación por un delito de hurto. El juez contaba con el consentimiento del acusado para el registro. No obstante, se localizó en su domicilio una báscula de presión y ketamina.

Ante estos hechos, se le imputó un delito contra la salud pública, que resultó en una condena de 3 años de prisión y una multa de 1.293 euros. No conforme con la pena impuesta, el acusado interpuso recurso, al considerar que las pruebas habían sido obtenidas sin respetar sus garantías de acusado.

La defensa del procesado argumentó que las pruebas obtenidas durante el registro debían anularse por vulnerar el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio. Según la defensa, la doctrina establece que cuando se encuentran pruebas de un delito autónomo durante un registro autorizado para otro delito, se debe solicitar una ampliación del auto judicial o del consentimiento, lo cual no se hizo en este caso.

Estimación del recurso presentado por el condenado

El condenado interpuso recurso ante el TSJPV (791/2023). En él, afirma que la falta de legitimación para el registro priva de validez a las pruebas obtenidas. Se aplica la teoría de los frutos del árbol envenenado, que establece que cualquier prueba derivada de una actuación ilegal es nula.

El TSJPV aceptó los argumentos de la defensa, concluyendo que no existió una autorización judicial para investigar el nuevo delito ni una ampliación del consentimiento inicial del acusado. Esto invalidó el registro y las pruebas obtenidas.

Así, estima el recurso interpuesto por el condenado contra la sentencia de la Audiencia de Álava, revocando la condena y declarando su libre absolución de todos los cargos.

 

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