El TSJ de Castilla-La Mancha ha determinado unas reseñas de clientes en Google como pruebas válidas
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha dictaminó que las reseñas de clientes en Google son pruebas válidas para demostrar los malos tratos de una encargada hacia sus empleados, justificando así su despido.
En primer lugar, las reseñas de clientes en Google proporcionaron evidencia directa y detallada sobre el comportamiento inapropiado de la encargada. Los comentarios de los clientes mencionaban consistentemente incidentes donde la encargada trataba mal a los empleados, montaba "números" y les faltaba al respeto delante de los clientes. Estas observaciones imparciales y ajenas al conflicto laboral interno ofrecieron una perspectiva objetiva y creíble sobre la conducta de la encargada.
Encuestas anónimas y testimonios de trabajadores
Además, durante la negociación del Plan de Igualdad de la empresa, se realizaron encuestas anónimas entre los empleados. Estas encuestas revelaron preocupaciones significativas sobre el comportamiento de la encargada, describiéndola como "tóxica" y "psicológicamente machacante". Los empleados detallaron cómo su trato inapropiado generaba un ambiente laboral hostil y afectaba negativamente su bienestar emocional. Estas encuestas proporcionaron una base sólida y confidencial para iniciar una investigación más profunda.
La empresa Ecomora S.A.U. actuó diligentemente al iniciar un expediente de investigación para esclarecer los hechos denunciados. Este proceso incluyó entrevistas con los trabajadores afectados y con la propia encargada, garantizando la confidencialidad y la protección de la intimidad y dignidad de todas las personas implicadas. La investigación confirmó las alegaciones presentadas en las encuestas y las reseñas de Google, consolidando la evidencia de malos tratos.
Violación del código ético y de conducta de la empresa
El tribunal también consideró que la conducta de la encargada violaba claramente el Código Ético y de Conducta de la empresa, así como las disposiciones del Convenio Colectivo de Comercio General de la provincia de Albacete y del Estatuto de los Trabajadores. Estas normativas tipifican como falta muy grave el abuso de autoridad y los malos tratos de palabra, constituyendo una grave y culpable violación de la buena fe contractual y del principio de confianza que deben regir la relación laboral.
La evidencia presentada, que incluía las reseñas de Google, las encuestas anónimas y los testimonios directos de los empleados, fue considerada consistente y coherente por el tribunal. Estas pruebas demostraron de manera contundente que la encargada mantenía una actitud de maltrato y abuso de autoridad, afectando negativamente el ambiente laboral y la salud psicológica de los empleados. La repetición de estas conductas en un periodo prolongado y su impacto en la moral y el bienestar de los trabajadores justificaron plenamente la procedencia del despido.