El TS confirma el sobreseimiento en caso de accidente de tráfico, limitando el alcance del recurso de casación

17/12/2024

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación presentado por el investigado en un caso de accidente de tráfico, confirmando así el sobreseimiento acordado por la Audiencia Provincial. Esta decisión finaliza el proceso penal iniciado tras la colisión entre una motocicleta y un tractor que resultó en lesiones graves para el conductor de la moto.

Sobreseimiento recurrible en casación con limitaciones claras

El Tribunal Supremo ha establecido que, aunque el auto de sobreseimiento es susceptible de ser recurrido en casación, este recurso está sujeto a estrictas limitaciones. La casación no puede abordar aspectos fácticos ya valorados por instancias inferiores, enfocándose exclusivamente en la correcta aplicación e interpretación del derecho penal.

Admisibilidad del recurso de casación

El auto de sobreseimiento, emitido bajo el artículo 637.2º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), fue objeto de apelación por parte del investigado. La Audiencia Provincial estimó el recurso, determinando que no existían hechos constitutivos de delito. Al llegar al Tribunal Supremo, se confirmó la admisibilidad del recurso de casación, pero se subrayó que este solo puede revisar discrepancias de índole jurídica, dejando de lado las valoraciones probatorias realizadas previamente.

Diferenciación entre valoración jurídica y probatoria

La sentencia del Tribunal Supremo enfatiza que el auto recurrido contiene razonamientos en dos niveles: probatorio e jurídico penal. Mientras que la apelación permite revisar la valoración de los indicios y hechos, la casación se limita a verificar la correcta aplicación del derecho penal sobre los hechos ya delimitados. Así, no corresponde a la Sala de Casación reevaluar las pruebas ni considerar hipótesis alternativas propuestas por la defensa que afectan la valoración fáctica realizada por la Audiencia Provincial.

Corrección en la aplicación de la normativa

El Tribunal Supremo concluyó que la Audiencia Provincial actuó dentro de sus competencias al determinar que los hechos no encajan en un tipo penal específico, basándose en una interpretación y aplicación adecuadas de la normativa vigente. Incluso si se consideraran algunas hipótesis alternativas, estas no alteraban la naturaleza jurídica de los hechos conforme al Código Penal, manteniendo así el sobreseimiento libre.

Limitaciones en la revisión de la valoración probatoria

El recurrente intentó cuestionar la valoración probatoria realizada por la Audiencia Provincial, proponiendo hipótesis alternativas que podrían encajar en delitos de lesiones imprudentes. Sin embargo, el Tribunal Supremo rechazó estos argumentos, señalando que tales cuestiones probatorias exceden las competencias legales de la casación, que se limita a revisar aspectos jurídicos y no factuales.

Confirmación del sobreseimiento y seguridad jurídica

Finalmente, el Tribunal Supremo confirmó que la Audiencia Provincial no se excedió en sus facultades al dictar el sobreseimiento libre. La decisión de dejar sin efecto la imputación formal se mantuvo al considerarse que no existían indicios suficientes que constituyan un delito, garantizando así la correcta aplicación de la ley y la seguridad jurídica en el proceso penal.

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